El Poder Ejecutivo esta habilitado para remover a Redrado
08 enero 2010

Así lo determina la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina muy a pesar de lo que opinen Redrado y la oposición irresponsable.
Respecto a la remoción de las autoridades del BCRA la mencionada carta orgánica dice:
Artículo 9º Los integrantes del directorio podrán ser removidos de sus cargos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, por incumplimiento de las disposiciones contenidas en esta carta orgánica o por incurrir en algunas de las inhabilidades previstas en el artículo anterior.
La remoción de los miembros del directorio será decretada por el Poder Ejecutivo Nacional cuando mediare mala conducta o incumplimiento de los deberes de funcionario público, debiéndose contar para ello con el previo consejo de una comisión del Honorable Congreso de la Nación...
Así, según la Carta orgánica del BCRA es el PODER EJECUTIVO NACIONAL, es decir la PRESIDENTE quien DESIGNA Y REMUEVE a los miembros del directorio del BCRA, cuando mediare alguna inhabilidad expresada por la Carta Orgánica o el funcionario incurriera en mala conducta o no cumpliera con los deberes de funcionario público; tal como sucediera en el caso de Hernán Martín Pérez Redrado.
La participación de la comisión del Congreso de la Nación es a los fines de brindar consejo y no a los fines de tomar decisiones al respecto de la remoción de los miembros del directorio del Banco Central de la República Argentina. Así, aunque los diputados y senadores aconsejaran a la Presidente de no remover a Redrado de sus funciones, la Presidente está plenamente habilitada para, igualmente, remover a Redrado de su cargo.
Incurrió Martín Pérez Redrado en incumplimiento de los deberes de funcionario público?
SI, toda vez que siendo su función como presidente del BCRA la defensa del valor de la moneda, tal como lo estipula la Carta Orgánica de dicha institución; Redrado no cumple con dicha función al haberse negado a proveer los fondos para la constitución del Fondo del Bicentenario, una garantía de la capacidad de pago del país cuya función última es, justamente, la defensa del valor de la moneda.
Por otro lado, Redrado al no proveer los fondos para la constitución del Fondo del Bicentenario, no solo incumple sus funciones sino que se toma atribuciones que lo exceden, toda vez que al obrar así se arrogó funciones que solo le competen al Poder Ejecutivo Nacional, dado que es éste último y no Redrado el que posee la potestad, otorgada por el pueblo, para evaluar que medidas son oportunas y convenientes de ser aplicadas, es decir para GOBERNAR.
















No soslayes más el derecho de los animales por beneficiar el afán de lucro de las corporaciones económicas! Existen otros métodos, más confiables que el testeo y la experimentación con animales a fin de determinar la aptitud para uso humano de productos farmacéuticos, cosméticos y de otros productos para el hogar. Estos métodos no son empleados por las corporaciones económicas por comodidad y porque tal vez le signifiquen una cierta inversión inicial a los fines de su aplicación. Haz saber a las corporaciones económicas que la salud del planeta y de los seres vivos que moran en él son la prioridad mucho antes que el beneficio económico de las corporaciones. No consumas productos que en su etiqueta no aclaren que NO han sido resultado de testeo con animales.