Ley de Medios: se dicto su constitucionalidad
14 diciembre 2012
El juez federal civil y comercial Horacio Alfonso declaró constitucional a los artículos 161 y 45, 41 y 48 de la Ley SCA, los que había sido objetados por el grupo Clarín. El juez sostuvo que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual no limita la libertad de expresión, sino que, a diferencia de lo sostenido por el Grupo Clarín, la promueve.
Al fallar sobre el fondo de la cuestión, también dispuso dejar sin efecto la medida cautelar dictada por la Cámara Civil y Comercial que impedía la plena aplicación de la Ley.
El magistrado sostuvo que:
La Constitución Nacional no consagra derechos absolutos, de modo tal que los derechos y garantías que allí se reconocen se ejercen con arreglo a las leyes que reglamentan su ejercicio, las que, si son razonables, no admiten impugnación constitucional...La prudente regulación y administración del espacio radioeléctrico y de los ámbitos geográficos, humanos y técnicos en los cuales se desarrollarán los servicios mencionados, imponen la necesaria intervención gubernativa en el otorgamiento de licencias, pues siempre ha de prevalecer el derecho de televidentes y oyentes y no el de los emisores
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